De acuerdo al artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Corresponde a la Oficialía Mayor:
- Administrar los bienes muebles e inmuebles asignados a la Asamblea;
- Auxiliar a la Mesa Directiva en las funciones que le señala la Ley Orgánica y este Reglamento;
- Coordinar los servicios administrativos de apoyo necesarios para la celebración de las sesiones del Pleno, de la Comisión de Gobierno, de las Comisiones y Comités;
- Coordinar los servicios de asistencia médica; servicios de personal; servicios generales y las demás áreas que el presupuesto autorice para el desarrollo de los trabajos de la propia Asamblea;
- Fungir como apoderado de la Asamblea en los asuntos civiles, penales, mercantiles, laborales, administrativos, suscribir los convenios y contratos en los que la Asamblea sea parte;
- Editar el órgano informativo;
- Cumplimentar los acuerdos que de orden administrativo emita el Comité de Administración, derivado de lo dispuesto en el artículo 47 del presente Reglamento;
- Publicar el Diario de los Debates;
- Administrar y custodiar el Archivo Histórico de la Asamblea Legislativa y proponer a la Comisión de Gobierno para la aprobación, las normas de organización y gestión del mismo con base en el principio de transparencia y de conformidad con lo establecido en los ordenamientos jurídicos de la materia;
- Ejecutar el Programa Operativo Anual aprobado por el Pleno de ésta Asamblea, así como emitir los lineamientos necesarios para su cumplimiento; y
- Las demás que señale la Ley Orgánica y el presente Reglamento.