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TRABAJO CONJUNTO DARÍA MAYOR CONTROL DE SANCIONES A SERVIDORES PÚBLICOS

TRABAJO CONJUNTO DARÍA MAYOR CONTROL DE SANCIONES A SERVIDORES PÚBLICOS

27 de Agosto de 2014

En el marco del Foro “Hacia un Órgano Anticorrupción para el Distrito Federal”, el Presidente de la Comisión de Transparencia a la Gestión de la Asamblea Legislativa del DF, Gabriel Gómez del Campo, señaló que con la existencia de un órgano de este tipo en conjunto con un instituto de transparencia generaría un mayor control y sanción de los servidores públicos que actúen de manera ilícita, sin embargo, dijo, no es garantía de un sistema completo de rendición de cuentas.

“Es importante separar transparencia y combate a la corrupción, ya que son cosas diferentes. Podemos ser los más transparentes pero los más corruptos, entonces somos cínicos porque nos gusta transparentar cómo se roba. Lo anterior nos lleva a un reino del cinismo. Es importante que exista un trabajo en conjunto. Si bien podríamos tener en el futuro funcionando un órgano anticorrupción y un órgano de transparencia, tampoco es garantía de un sistema completo de rendición de cuentas”, destacó.

Durante su ponencia, el diputado del Grupo Parlamentario del PAN informó que en el Distrito Federal la legislación aplicable en la materia es la establecida por el Congreso de la Unión, a través de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, con fundamento en el Régimen de Facultades Expresas, bajo el cual, lamentó, no está previsto en el Artículo 122 de la Constitución Política la facultad para la ALDF de legislar al respecto.

“La responsabilidad administrativa surge como consecuencia del actuar ilícito de un servidor público en el ejercicio de sus funciones, diferenciando la responsabilidad de la penal y de la civil, a las que también está sujeto. Los actos u omisiones de los servidores públicos que vayan en demérito de la legalidad, lealtad, honradez, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus cargos, empleos o comisiones, darán lugar a responsabilidad administrativa”, explicó.

El legislador de Acción Nacional destacó que no existe una razón jurídica, de estructura o de ingeniería gubernamental para que el Distrito Federal no le sea conferida desde la propia Constitución la facultad de legislar en materia de responsabilidades administrativas, por el contrario, dijo, la ausencia de un instrumento legal responde a una omisión legislativa que debe corregirse en aras de un eficiente fiscalización, vigilancia, transparencia y fortalecimiento de una cultura de rendición de cuentas.

“El pasado 3 de abril presenté una propuesta de iniciativa a efecto de que la Asamblea Legislativa cuente con facultades para legislar en la materia de responsabilidad de servidores públicos y que fue turnada para su análisis y dictamen a las Comisiones Unidas de Administración Pública Local y de Normatividad Legislativa, Estudios y Prácticas Parlamentarias. Consta de dos artículos…El primero prevé reformar la base primera del apartado C, del Artículo 122 de nuestra Constitución; el segundo plantea reformar el Artículo 42 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, ambos previendo expresamente cómo debe ser conforme al régimen de facultades expresas, previsto en la Constitución…que la Asamblea Legislativa tenga facultades en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos”, declaró.

Gómez del Campo abundó que los pocos actos denunciados ante la Contraloría, ésta no los toma en cuenta, los desestima y los pocos que llega a sancionar son con “penas ridículas” como una amonestación, y los que tienen consecuencias más graves con inhabilitación son nulos, ya que, dijo, los funcionarios se amparan y ganan el caso por una falta de integración correcta o por errores administrativos, debido a la falta de capacitación de quienes integran los expedientes o por ambigüedad de la ley federal.

“A pesar de que el DF cuenta con mecanismos de administración, vigilancia y supervisión a través de la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal, misma que se encarga del sistema de control, evaluación y sanción de un servidor público que actúe de manera ilegal en el ejercicio de sus funciones, se aplica una ley que, además de tener elementos anacrónicos, no atiende las necesidades locales y sus características específicas y tipicidades, todo ello en perjuicio del ciclo de fiscalización y de la posibilidad de una correcta y autónoma rendición de cuentas por parte de los servidores públicos del DF”, concluyó.