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SOLICITAN EXENCIÓN DE PAGO DE CUOTAS DE BAÑO A PERSONAS ADULTAS MAYORES

SOLICITAN EXENCIÓN DE PAGO DE CUOTAS DE BAÑO A PERSONAS ADULTAS MAYORES

26 de Julio de 2014

Con la exención del pago de cuotas en los baños públicos a las personas adultas mayores, ubicados dentro de los mercados públicos y de las instalaciones del Metro, brindamos un apoyo en la atención de una de las necesidades básicas del ser humano y protegemos su economía, afirmó Miriam Saldaña Cháirez, presidenta de la comisión de Vivienda de la ALDF.

La legisladora hizo extensiva la propuesta a las 16 jefaturas delegacionales del DF y al STC Metro, para que en el ámbito de su competencia se sumen a este programa de apoyo social.

Las personas de la tercera edad, en muchas ocasiones, no cuentan con recursos suficientes para pagar en los baños públicos, en cada momento que necesiten utilizarlos, afirmó la diputada.

El servicio de baños públicos dentro de las instalaciones del STC Metro, tiene un costo de 5 pesos y en los mercados públicos, los precios oscilan entre los 3 y 6 pesos, dependiendo de la ubicación de los mismos; por ello, resulta oneroso para quien padece los síntomas de incontinencia urinaria, que con frecuencia se presenta entre adultos mayores, informó la legisladora.

Destacó, que este padecimiento es habitual en las personas adultas mayores y su prevalencia es más alta en mujeres, según el Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición “Salvador Zubirán”; aproximadamente entre un 30 y un 50 % de las personas adultas mayores, de 65 años de edad en adelante, la padecen.

Las consecuencias y complicaciones de esta enfermedad, si no se tratan adecuadamente, deterioran significativamente la calidad de vida de los pacientes, limitando su autonomía y reduciendo su autoestima, provocando en las personas que la padecen, un aislamiento social y depresión, señaló.

La incontinencia urinaria se constituye en un factor de riesgo para que los adultos mayores, sufran daños adicionales a su salud. Este padecimiento se relaciona con caídas reportadas en el caso de las mujeres de este grupo de edad, entre un 20 y un 40 %. De este total, un 10 % de las pacientes, presentaron fractura de cadera y el 30 % requirió de hospitalización, por lo menos en una ocasión, indicó.


Saldaña Cháirez, subrayó que con fundamento en el Artículo 39, Fracción XXIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del DF, los Titulares de los Órganos Político - Administrativos del DF, se encuentran facultados para construir, rehabilitar, mantener y, en su caso, administrar los mercados públicos, dentro del ámbito de su competencia territorial.

De igual forma, dijo, al Artículo 21 del Estatuto Orgánico del STC, el Director General tendrá a su cargo la conducción, organización, control y evaluación del Organismo, a fin de que todas las actividades se realicen con eficiencia, eficacia y productividad.

El Distrito Federal se ha caracterizado por ser pionero en la construcción de instituciones públicas de atención y apoyo a los diversos sectores de la población en situación de vulnerabilidad. Tan solo en la Ciudad de México, habitan 8 millones 851 mil 080 habitantes, de los cuales el 11.6 % equivale a la población de 60 años y más, recordó.

Es urgente priorizar en la agenda legislativa la atención de este grupo vulnerable; puesto que por la disminución de la capacidad de contener y controlar la orina, en el caso de las personas Adultas Mayores, un alto porcentaje de dicha población padezca de incontinencia urinaria, volviéndose una necesidad fisiológica el tener que acudir con mayor frecuencia a los sanitarios, finalizó Miriam Saldaña.