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SOLICITA DIP. PRISCILA VERA EXPEDIENTES RELATIVOS A LOS PREDIOS UBICADOS EN HERMENEGILDO GALEANA 31, Y 37-2 EN SAN ÁNGEL INN

SOLICITA DIP. PRISCILA VERA EXPEDIENTES RELATIVOS A LOS PREDIOS UBICADOS EN HERMENEGILDO GALEANA 31, Y 37-2 EN SAN ÁNGEL INN

19 de Agosto de 2015

La diputada del Grupo Parlamentario del PAN en la Asamblea Legislativa del DF, Priscila Vera Hernández, solicitó al titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, del Instituto de Verificación Administrativa, así como a la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del DF presenten la documentación que acredite las construcciones que actualmente se desarrollan en los predios de la calle Hermenegildo Galeana no. 31 y no. 37-2 en la colonia San Ángel Inn, Delegación Álvaro Obregón.

Mediante un Punto de Acuerdo presentado ante la Diputación Permanente, la legisladora panista solicitó en un plazo no mayor a 10 días hábiles, los expedientes correspondientes a las construcciones que actualmente se realizan en dichos predios, mismos que deben cumplir con la normatividad de uso de suelo.

“En la Ciudad de México, se requiere un crecimiento ordenado y debidamente ajustado al uso de suelo. En los últimos años se ha hecho evidente la corrupción que impera en esta materia; donde lo que se pondera es el interés personal sobre el de la ciudadanía en general”.

Verá Hernández recordó que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, el Instituto de Verificación Administrativa y la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del D.F. son las autoridades facultadas para revisar y/o sancionar todo lo referente a Desarrollo Urbano, uso de suelo y afectaciones urbanísticas. Además, cada una de estas autoridades en el ámbito de su competencia tiene correlación y corresponsabilidad en todo lo positivo o negativo que se realice en esta materia.

Abundó que de acuerdo al Programa Parcial de Desarrollo Urbano del Distrito Federal “San Ángel, San Ángel Inn y Tlacopac” vigente para Álvaro Obregón, publicado en la Gaceta Oficial del D.F. el 10 de mayo de 2011, los predios de referencia se encuentran en un área de conservación patrimonial, por lo que les aplica la Norma de Ordenación no. 4.

“De acuerdo a la normatividad aplicable, los inmuebles se encuentran en una Zona de Monumentos Históricos, por lo que cualquier intervención requiere la autorización y/o dictamen técnico de la Dirección de Patrimonio Cultural Urbano de la Seduvi”.

Finalmente, la asambleísta consideró necesario cerciorarse de que dichas obras se realizan con apego a la normatividad aplicable puesto que las irregularidades en materia de desarrollo urbano han ido creciendo, por tanto la desconfianza de la ciudadanía ha tenido el mismo efecto.