PROTEGEN A PERSONAS CON DISPLASIA DE CADERA; SEDESA LES BRINDARÁ ATENCIÓN
11 de Junio de 2014
Miles de personas que padecen displasia de cadera recibirán atención oportuna por parte de la Secretaría de Salud (SEDESA) del GDF, tras modificaciones a la Ley de Salud del Distrito Federal.
Diputados de la ALDF aprobaron reformas a la Ley de Salud del Distrito Federal para que personas que padecen displasia en el desarrollo de cadera sean atendidas oportunamente.
Diagnósticos y tratamientos a tiempo salvarán de la discapacidad y discriminación a miles de personas con este padecimiento, señaló el diputado de Movimiento Ciudadano, Óscar Moguel Ballado.
Luego de someter a discusión y análisis el Proyecto de Decreto para que se modificaran los artículos 49 y 50 de la Ley de Salud del Distrito Federal, que se aprobó por mayoría, el diputado destacó que de acuerdo al INEGI existen en el país más de 480 mil personas con esta enfermedad de cadera.
En la exposición de motivos se destaca que mediante de un diagnóstico oportuno, a través de ultrasonido y/o radiografías, estudios clínicos, así como por atención temprana de la displasia, desde la primera semana de vida, se logrará rescatar a miles de menores de las secuelas perjudiciales, principalmente a niñas.
Propuso a su vez que dentro de las disposiciones que regulan la protección materno-infantil y la promoción de la salud materna, se incluya el diagnóstico oportuno de la displasia a través del examen clínico denominado tamiz.
Moguel Ballado estimó que al no existir un subregistro de la enfermedad se deduce que en realidad el problema es mayor, toda vez que por cada mil habitantes existe 1.5 personas con el mal.
Dio a conocer cifras del INEGI que destacan que dentro de diez años nacerán cerca de 25 millones de personas, de la cuales, mas 96 mil niñas nacerán con displasia de cadera. Las niñas son más susceptibles que los niños a adquirir la enfermedad, subrayó.
Reveló que a nivel Federal el panorama es más sombrío toda vez que existe una iniciativa de Ley que aún no ha sido dictaminada. Refirió que a la fecha sólo existe una Norma Oficial Mexicana-034-SSA-2002.
Consideró que en tanto no se legisle sobre el tema en el Congreso de la Unión miles de personas del resto del país estarán condenados a no tener un diagnóstico y atención tempranos y mucho menos un tratamiento oportuno.
Refirió Moguel Ballado que eI.14 de marzo de 2013, el senador Fernando Enrique Mayans Canabal presentó ante el Senado de la República la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 61 y 64 de la Ley General de Salud, sobre el tema de displasia.
Destacó que dicha iniciativa tuvo como propósito incluir en los servicios de salud de atención materno-infantil previstos en la ley, la detección oportuna y tratamiento temprano de lo que la ciencia médica ha denominado como "Displasia en el desarrollo de la Cadera".
En virtud del procedimiento parlamentario correspondiente, la iniciativa fue turnada para su análisis y dictamen a las comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos; no obstante, la iniciativa aún continúa en trámite, subrayó.
Moguel Ballado expuso que los pacientes con esta enfermedad se ven impedidos a tener una mejoría toda vez que en la mayoría de los centros hospitalarios no cuentan con el equipo para la toma de los estudios.
Agregó que, además, no todos los equipos médicos en funciones cuentan con el software para el estudio de cadera. Mientras no se legisle, poco alivio tendrán las personas que manifiestan el padecimiento.
Frente a la casi nula ayuda con que cuentan los enfermos de displasia de cadera, mencionó la posibilidad de usar los equipos de rayos equis como una alternativa viable y confiable.
Destacó que por su accesibilidad el equipo se puede llevar a las poblaciones de menos de cinco mil habitantes; los precios de los equipos de rayos equis son más accesibles que los de ultrasonido; la interpretación es más sencilla y la puede hacer desde un médico general hasta un especialista en pediatría u ortopedia, entre otros beneficios.
Explicó que con las condiciones actuales existen pocas posibilidades de diagnosticar y atender a tiempo este problema, sobre todo en zonas rurales y de alta marginación, en donde las condiciones precarias de los padres impiden poder acceder a un ultrasonido o radiografía para reconocer este padecimiento y evitar sus secuelas, la artrosis y la destrucción de la articulación.
Señaló que actualmente las personas con secuelas de displasia de cadera constituyen un grupo vulnerable, toda vez que padecen diferentes formas de discriminación en varios ámbitos de la vida cotidiana.
Por ello, propuso que dentro de las disposiciones que regulan la protección materno-infantil y la promoción de la salud materna, se incluya el diagnóstico oportuno a través de exámenes clínicos a los recién nacidos en la primer semana, y en el primer, segundo, cuatro, sexto, noveno y doceavo mes de edad; así como la toma de ultrasonido de cadera o radiografía anteroposterior de pelvis entre el primer y cuarto mes de vida.