Jueves 18 de Abril de 2024

Transmisión en vivo
Play

Sin transmisión

Agenda del día
Sin Actividades Legislativas

TEMA
DEL DÍA

AL INSTANTE

Noticias

Principal / 

Exhortan a Consejería Jurídica a concluir el procedimiento para promulgar la ley que establece el derecho a recibir anteojos gratuitos a alumnas y alumnos de escuelas públicas capitalinas

Exhortan a Consejería Jurídica a concluir el procedimiento para promulgar la ley que establece el derecho a recibir anteojos gratuitos a alumnas y alumnos de escuelas públicas capitalinas

25 de Septiembre de 2016

El pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó la propuesta de la diputada Elena Edith Segura Trejo, a través de la cual se exhorta a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México, para que concluya el procedimiento previo que permita al Jefe de Gobierno realizar la debida promulgación de la Ley que establece el derecho a recibir anteojos gratuitos a alumnas y alumnos de escuelas públicas de la capital del país.

La legisladora local recordó que el 22 de abril de 2014, durante la VI Legislatura de Asamblea Legislativa del Distrito Federal, se presentó la iniciativa con proyecto de decreto, por la cual se expide la “Ley que establece el Derecho a recibir Anteojos Gratuitos a Alumnas y Alumnos de Escuelas Públicas en el Distrito Federal”, ahora Ciudad de México.

Dicha iniciativa se turnó para conocimiento, estudio, análisis y dictamen a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social y de Educación, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Más tarde, se dictaminó, presentó y aprobó en pleno, el 10 de junio de 2014, con un total de 38 votos a favor y 2 abstenciones.

Dicha iniciativa tiene por objetivo garantizar el derecho de alumnas y alumnos de escuelas públicas capitalinas a recibir anualmente, previo examen optométrico, anteojos gratuitos. En esta tarea, la Secretaría de Salud será la encargada de ejecutar el programa, con apoyo de la Secretaría de Educación, ambas de la Ciudad de México. Por su parte, la Secretaría de Finanzas deberá de contemplar el presupuesto suficiente para su debida ejecución.

Sin embargo, después de 2 años de su aprobación en el Pleno de la Asamblea, dicha iniciativa no ha sido publicada por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México.

Al respecto, de acuerdo con datos solicitados a esta instancia en 2015, a través del Sistema de Solicitudes de Información de la Ciudad de México, se informó que, a la fecha, no se contaba con los refrendos para la promulgación de la Ley en comento. Por lo cual, una vez satisfechos los mismos, se programaría la publicación en el órgano de difusión del capitalino.

De igual manera, se comunicó que la Ley en comento no cuenta con observacionesque impidan su debida promulgación. Sin embargo, a un año de manifestar que sólo faltaban los refrendos, ya ha transcurrido el tiempo suficiente para la obtención de los mismos. Por lo cual, ya no existiría impedimento alguno para que sea publicada dicha Ley.

Con la finalidad de mantener información actualizada del tema, el 5 de septiembre del año en curso se preguntó nuevamente por transparencia, el estado que guarda el proceso de promulgación de la Ley citada. Respecto a lo cual, la Consejería Jurídica informó que el ordenamiento legal se encuentra en revisión por parte de las áreas sustantivas del Gobierno de la Ciudad de México encargadas de su aplicación. Documento que seguirá el trámite de todos los ordenamientos que serán expedidos por el Jefe de Gobierno. Y, una vez satisfecho lo anterior, se programará la publicación del ordenamiento legal de referencia en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

En este sentido, apuntó Segura Trejo, es preciso resaltar que el trabajo de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal concluye en la aprobación de las iniciativas de Ley, para después remitirlas al Jefe de Gobierno; quien, a su vez, apoyado por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, realiza el procedimiento correspondiente para su debida promulgación.

Así, una ley no tiene validez si no se promulga en los medios oficiales. Por ello, es de vital importancia realizar el procedimiento necesario, a fin de beneficiar a los alumnos y alumnas de las escuelas públicas que requieren este apoyo para abonar en su desarrollo personal y académico.