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DEBERÁN DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS PAGAR PENSIONES PENDIENTES

DEBERÁN DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS PAGAR PENSIONES PENDIENTES

15 de Junio de 2014

Con motivo de la aprobación por parte de la ALDF de las reformas al Código Civil en los artículos relacionados con el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y el vínculo matrimonial, presentadas por el Diputado Orlando Anaya del Grupo Parlamentario PAN, el asambleísta, explicó parte de las medidas que coadyuvarán a garantizar el cumplimento de los padres o madres de familia, referentes al pago de pensiones alimenticias.

“Buscamos erradicar las prácticas de abandono que algunos padres muestran hacia sus hijos al incumplir con su obligación de pensiones alimentarias, a pesar de que muchos de ellos ya cuentan con una orden del Juez. Estas reformas al código civil servirán como candados para que los deudores alimentarios morosos no puedan contraer otro tipo de obligaciones, como la adopción, sin antes cumplir con las que ya tienen con sus hijos”, dijo.

Anaya González resaltó el fortalecimiento del Registro de Deudores Alimentarios que servirá como una base de datos que contenga los nombres y los datos de las personas que hayan dejado de cumplir por más de noventa días, sus obligaciones
alimentarias, ordenadas por los jueces y tribunales.

“El Registro Civil, tiene su cargo el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Distrito Federal, éste deberá actualizar mensualmente la base de datos de los deudores alimentarios morosos y tendrá la facultar de expedir los certificados que informen quiénes se encuentren en el registro”, señaló.

El integrante de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, indicó que se añadirá como un requisito para contraer matrimonio, presentar un certificado expedido por el propio registro, que haga constar, si alguna de las partes se encuentra inscrita en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

“El Juez del Registro Civil informará a los pretendientes después de presentar la solicitud, que es un requisito para la celebración del matrimonio, un certificado que dé a conocer si alguno de ellos se encuentra inscrito en el REDAM, así como tomar el curso prenupcial impartido por el GDF sobre temas como la prevención de violencia familiar, salud sexual y reproductiva, derechos y obligaciones de los
cónyuges, régimen patrimonial, entre otros”, declaró.

Añadió que en el caso de la adopción se debe garantizar que los adoptantes puedan hacer frente a la responsabilidad que implica el adoptar a un menor y garantizar el cumplimiento de sus responsabilidades.

“Los adoptantes deben demostrar su responsabilidad en todos los ámbitos siendo de las más importantes la responsabilidad de cumplir con las obligaciones alimentarias. Por lo que para llevar a cabo una adopción, se deberá hacer constar
que ninguno de los adoptantes se encuentre inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos”, señaló.

Cabe mencionar que con estas modificaciones, se incorpora a la ceremonia del matrimonio la lectura de votos matrimoniales y la recomendación del Juez de otorgar un sustento adecuado y permanente a los menores o a los hijos.