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DEBERÁ ALDF ACTUALIZAR LEYES, DECRETOS Y ACUERDOS APROBADOS, EN PORTAL DE INTERNET



29 de Abril de 2014

Boletín # 123

• Para tal efecto, se reforma el artículo 16 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del DF


Con el propósito de que los habitantes de la Ciudad de México conozcan los acuerdos, las leyes y sus reformas, y puedan estar al día respecto a sus obligaciones y derechos, el Pleno de la ALDF aprobó reformar el artículo 16 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.

La reforma planteada es necesaria en virtud de que, en el sitio de Internet de la Asamblea Legislativa, no se actualizan periódicamente los documentos que contienen los textos legislativos, por lo que los ciudadanos tienen desconfianza respecto a si lo que están leyendo está vigente o no.

De esta manera, las leyes, decretos y acuerdos aprobados por la Asamblea Legislativa o Diputación Permanente deberá publicarse y actualizarse dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de su publicación, o de cualquier reforma, adición, derogación o abrogación a éstas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, deberá incluirse la siguiente leyenda: “La edición de los ordenamientos jurídicos del Distrito Federal en medios electrónicos no representa una versión oficial, ya que de acuerdo al artículo 3º del Código Civil para el Distrito Federal, la única publicación que da validez jurídica a una norma es aquella hecha en la Gaceta Oficial del Distrito Federal”.



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