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DEBEN DERECHOS LABORALES APEGARSE A CONVENIOS Y TRATADOS INTERNACIONALES

DEBEN DERECHOS LABORALES APEGARSE A CONVENIOS Y TRATADOS INTERNACIONALES

15 de Abril de 2014

Urge avalar los derechos laborales, no sólo los consagrados en la Constitución, sino todos los contenidos en los diversos Tratados y Convenios Internacionales, para evitar incurrir en algún tipo de Responsabilidad Internacional, afirmó la diputada Miriam Saldaña Cháirez.

Al proponer ante el pleno legislativo, el proyecto de decreto por la que se deroga la fracción III del Artículo 18 de la Ley de la CDHDF, con el fin de garantizar la protección eficaz de los derechos humanos en materia laboral, la también coordinadora del PT en la ALDF, destacó que dicha enmienda es necesaria para garantizar el buen desarrollo integral del individuo.

En México, a partir de las reformas Constitucionales efectuadas el 10 de Junio de 2011, se rompe un paradigma en materia de derechos humanos: se hace expreso el reconocimiento de todos los derechos humanos consagrados en el máximo ordenamiento y en los Tratados Internacionales, de los que el Estado Mexicano forma parte, destacó Miriam Saldaña.

La legisladora recordó que los Tratados Internacionales y los Convenios ratificados por el Senado de la República, constituyen un derecho positivo vigente y por lo tanto, obligatorio para el Estado Mexicano, quien es parte de 30 tratados internacionales donde se reconocen expresamente los derechos humanos en materia laboral.

Saldaña Cháirez informó que antes de la reforma constitucional del 2011, los organismos protectores de los Derechos Humanos tenían la prohibición expresa de conocer asuntos de carácter laboral, jurisdiccional y electoral. Actualmente, el artículo 102, apartado B, de la Carta Magna, establece que sólo se limita la competencia en materia jurisdiccional y electoral.

Actualmente el artículo 18 de la Ley de la CDHDF, en su fracción III, limita la competencia de la comisión en temas relacionados a los asuntos de carácter laboral, disposición que puede ser señalada de inconstitucional, ya que deja a los trabajadores desprotegidos en caso de que las autoridades laborales violen sus derechos humanos, detalló.

De conformidad con el Informe de actividades de Febrero de 2014, publicado por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje; los asuntos en trámite de las Juntas Especiales suman un total de 88,643, sólo en febrero, se recibieron 2,954 demandas, afirmó Miriam Saldaña.

De los conflictos colectivos de trabajo, existen 391 asuntos en trámite y se admitieron 28 demandas. Por motivo de huelgas, la Junta Local cuenta con 115 demandas y mil 280 expedientes en trámite, apuntó.

La exigencia de la impartición de justicia en materia laboral es elevada; la ciudadanía exige respeto a sus derechos laborales consagrados en la Constitución y en los Instrumentos Internacionales de los que México es parte, por ello es necesario dotar a la comisión de Derechos Humanos la facultad de vigilar las actuaciones de las instancias administrativas encargadas de impartir la justicia laboral y garantizar el pleno respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores dentro del proceso administrativo, finalizó Saldaña Cháirez.