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APRUEBAN CREACIÓN DEL FONDO DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE CONTINGENCIAS SANITARIAS Y EPIDEMIOLÓGICAS



29 de Junio de 2010

Boletín # 678

Con 41 votos a favor y cero en contra, el pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó la creación del Fondo de Prevención y Atención de Contingencias Sanitarias y Epidemiológicas.
Con la aprobación de esta adición a la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, se destinará un 20% de los remanentes de la administración pública local, cuyo promedio histórico, reporta la Secretaría de Finanzas local, alcanza los 130 millones de pesos anuales.
Al presentar el dictamen, aprobado por las comisiones unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y de Salud y Asistencia Social, la legisladora Maricela Contreras Julián aseguró que la creación de este fondo servirá para hacer frente a la transición epidemiológica que vive la Ciudad de México, que se traduce en la aparición de otro tipo de enfermedades o fenómenos naturales que ponen en riesgo la vida de los capitalinos.

Ejemplo de lo anterior, resaltó, fue la emergencia sanitaria de la Influenza AH1N1, que sucedió el año pasado y que representó un gasto para la Secretaría de Salud del Distrito Federal de 113 millones de pesos. Otra contingencia, recordó, fueron las inundaciones de la colonia El Arenal, en la delegación Venustiano Carranza.
“Los recursos para atender dichas emergencias, así como los medicamentos que se entregaron a los damnificados fueron utilizados de otras partidas presupuestales”, reconoció.
Ante este hecho, la presidenta de la Comisión de Salud de este órgano legislativo consideró que es indispensable contar con herramientas presupuestales para la atención debida y oportuna de las diversas contingencias sanitarias y epidemiológicas que se presentan en la Ciudad de México, que de no ser atendidas representarían un grave riesgo para la salud, integridad y vida de sus habitantes.
Aprueban la posibilidad de renunciar al subsidio por el servicio del agua
El Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó con 40 votos en favor, cero en contra y seis abstenciones, una adicción al Artículo 172 del Código Fiscal del Distrito Federal, para que quienes así lo deseen puedan renunciar al derecho de recibir un subsidio por concepto del cobro por consumo de agua.
El diputado Maximiliano Reyes presentó este dictamen, propuesto también por el legislador David Razú, con el propósito de otorgar esa opción a los contribuyentes como una forma de participación en la problemática hídrica de la Ciudad de México.
La Comisión de Hacienda coincidió con el objetivo de los diputados promoventes, relativo a la importancia de abrir canales a los ciudadanos para que puedan materializar compromisos voluntarios y libremente asumidos con las políticas de promoción del cuidado y el ahorro del agua en el Distrito Federal.
Durante el proceso de dictaminación de esta iniciativa, la comisión realizó consultas con el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, con el fin de determinar la factibilidad de aprobar una medida de esta naturaleza y será esta instancia la que determinará y publicitará el procedimiento requerido para que los contribuyentes puedan acceder a esta modalidad de pago de estos derechos.

Exentan de impuestos a asociaciones civiles

Con 43 votos a favor, cero en contra y una abstención, el pleno de la Asamblea Legislativa aprobó el dictamen por el que se reforma el artículo 283 del Código Fiscal del Distrito Federal, a través del cual se amplían cuantitativamente y en cobertura los beneficios fiscales a las organizaciones sociales que participen en la solución de problemas y carencias de la población más necesitada de esta ciudad.

La legisladora Valentina Valia Batres Guadarrama, presidenta de la Comisión de Hacienda de este órgano colegiado, explicó que se brindará una exención del 100 por ciento a las asociaciones civiles en el pago del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles, Predial, Espectáculos Públicos, Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos, Sobre Nómina, derechos por el registro, análisis y estudio de manifestación de construcción Tipo A, B y C, así como por los servicios que presta el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.


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