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APRUEBA ALDF TIPIFICAR COMO DELITO EN EL CÓDIGO PENAL EL MATRATO A LOS ANIMALES



28 de Diciembre de 2012

Boletín # 198

• A quien tras maltratar a un animal le provoque la muerte, se le impondrán de 2 a 4 años de prisión y de 200 a 400 días multa

Por unanimidad el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó tipificar en el Código Penal local el maltrato animal, bajo la premisa del valor del respeto hacia la vida de éstos, del medio ambiente y en razón de ello reconocer dicha acción como conducta atípica, antijurídica, culpable y punible.
El presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Antonio Padierna Luna, sostuvo la importancia de impedir que los animales sean sometidos a malos tratos o a actos crueles y si es necesaria la muerte de algún animal, que ésta sea instantánea, indolora y sin generarles angustia.
Aclaró que la reforma no generaría conflicto de normas con la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal, ya que dicho ordenamiento señala las conductas consideradas como maltrato o crueldad que lesionen o ponen en riesgo la vida de los animales no humanos y las sanciones administrativas correspondientes, con la finalidad de mantener el respeto y la armonía del medio ambiente.
“Cuidar y proteger a los animales es una labor compartida y todos debemos tomar partido en ella, lo que hoy pretendemos es crear conciencia mediante el fortalecimiento de un marco jurídico completo y adecuado”, sostuvo el legislador.
Detalló que al que intencionalmente realice actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal no humana, causándole lesiones evidentes sin que pongan en peligro la vida del animal, se le impondrá de 6 meses a 2 años de prisión y de 50 a 100 días multa y que si las lesiones ponen en peligro la vida del animal no humano se incrementarán en una mitad las penas señaladas.
En cuanto al Artículo 350 ter, Padierna Luna expuso que quien intencionalmente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal no humana provocándole la muerte, se le impondrán de 2 a 4 años de prisión y de 200 a 400 días multa, así como el aseguramiento de todos los animales que pudiera tener bajo su cuidado o resguardo.
El diputado Jesús Sesma Juárez señaló que las leyes locales para la protección de los animales locales han demostrado que las sanciones administrativas no son suficientes para inhibir el maltrato que va desde balear, pegar, patear, tirar, quemar, ahogar, colgar, envenenar o mutilar, como el someter al animal a sufrimientos innecesarios para privarlos de la vida y que le provoquen daños y sufrimientos antes de morir, por ello la necesidad de tipificarlo en el Código Penal.
En tanto, la diputada María de los Ángeles Moreno Uriegas se pronunció a favor de pugnar por una cultura de respeto y civilidad hacia todo ser vivo y que no están a favor de la matanza indiscriminada de animales callejeros, “podemos evitarlo si privilegiamos la esterilización, la adopción y desestimulamos la compra”, agregó.
“Sin temor a equivocarme este momento, dijo el diputado César Daniel González Madruga, es un hecho histórico, pues la ALDF se convierte en un espejo de lo que está sucediendo en la sociedad más consciente y despierta que ha entendido que lo único que diferencia como seres humanos de los animales es el hecho de que podemos pensar y que somos conscientes de ello, que por ello estamos obligados a proteger y a cuidar a aquellos que estén en un proceso evolutivo diferente”.
Por su parte, el diputado Jorge Gaviño Ambriz, dijo que aunque son sólo unos artículos del Código Penal los que se están aprobando, en realidad se está haciendo una filosofía y construyendo un aspecto que va a trascender a esta generación.



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