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LA ALDF DEBERÁ VIGILAR LA CORRECTA APLICACIÓN DE LOS NUEVOS CÓDIGOS EN MATERIA DE MENORES INFRACTORES

LA ALDF  DEBERÁ  VIGILAR LA CORRECTA APLICACIÓN DE LOS NUEVOS CÓDIGOS EN MATERIA DE MENORES INFRACTORES

22 de Febrero de 2015

El diputado Óscar Moguel Ballado enfatizó que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) deberá vigilar la correcta aplicación de los nuevos Códigos Civil y de Procedimientos Civiles en materia de menores en conflicto con la ley, entre los seis y doce años de edad, que sean sometidos a averiguaciones previas por la presunción de un delito para que sus derechos sean respetados cabalmente y sean atendidos por autoridades diferentes a las judiciales.

Al referirse a los Códigos reformados, sostuvo que si bien éstos tienen un carácter garantista y están ajustadas al espíritu de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, la norma también debe materializarse a través de líneas de acción que permitan asegurarles un trato respetuoso, alimentación, vivienda, vestido, cuidados, afecto y dedicación, entre otros

Además, dijo, los nuevos ordenamientos contemplan un trato especializado a los menores infractores que ahora serán atendidos, después de ser remitidos al Ministerio Público, por una autoridad del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal (SDIF-DF), la que se hará cargo para su atención sistémica.

Aclaró que ningún infractor, entre los seis y doce años de edad, se enfrentará a las autoridades de lo contencioso en el caso de la comisión de un delito, sólo en su detención y consignación ante un agente del Ministerio Público, el que conformará un expediente con todos sus datos, mismo que será remitido a un juez cívico quien turnará a su vez el caso al SDIF-DF para su debida atención.

Afirmó que actualmente, ante la carencia de afecto, educación y orientación de los progenitores sin oportunidades económicas y laborales, los menores requieren de mayores cuidados para que no se inclinen por los actos delictivos.

Moguel Ballado consideró que un trato severo o permisivo, lejos de aliviar los problemas de conducta de los menores, los empeora, además de que atenta contra sus derechos y que ahora la nueva legislación será flexible con los menores y les garantizará en todo momento sus derechos de encontrarse en conflicto con la ley.

Ejemplificó que el SDIF-DF reportó que en los primeros meses del 2013 se registraron 106 averiguaciones previas, de la cuales 22 implicaron a niñas y 84 a niños y que los rangos de edades fluctuaron entre los tres y los 12 años edad.

En ese sentido hizo notar que el Estado mexicano debe intensificar campañas de prevención de ilícitos dirigido a los menores de edad y a los padres de familia para disminuir actos delictivos como abusos sexuales, daños en propiedad ajena, lesiones y amenazas por parte de menores de edad.

Destacó que si bien las reformas a los Códigos brindarán garantías a los menores infractores al proteger sus derechos, en contraparte están la ignorancia e inexperiencia de sus progenitores sobre cómo educarlos, realidad que genera severas consecuencias, sostuvo. Precisó que las alteraciones que se presentan sistemáticamente en el seno familiar trascienden a todos los ámbitos estructurales de la vida cotidiana donde la necesidad afectiva, económica y laboral promueve indirecta o directamente el impulso para delinquir desde edades tempranas.

Reveló que en los considerandos del dictamen para reformar al Código Civil y al Código de Procedimientos Civiles se señala que existe una tendencia a que las niñas y los niños involucrados en alguna averiguación previa presenten ciertas características como el descuido por parte de sus progenitores, el bajo rendimiento escolar y que en general, se observan falta de límites en la educación por parte de padre permisivos.

Sustentó que las reformas amparan sólo a menores de entre seis y 12 años que cometan algún delito tipificado en el Código Penal, los que ya no terminarán recluidos en los Consejos Tutelares para Menores Infractores del Distrito Federal porque serán atendidos por el DIF-DF.

Agregó que los jueces de lo Familiar deberán asumir las medidas correspondientes para garantizar la enmienda, seguridad y buena crianza del menor, hasta retirar a sus progenitores, temporal o definitivamente, la patria potestad.