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AGREGA ALDF ARTÍCULOS A LEY DE EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES PARA EL DF



21 de Diciembre de 2010

Boletín # 1086

Con la finalidad de evitar el hacinamiento en los centros de reclusión y para lograr una pronta readaptación social, la Asamblea Legislativa aprobó que los reos de otros estados que estén en el Distrito Federal, extingan las penas en los Centros de Readaptación de sus estados de origen.

Por ello se agreguen los artículos 71 y 72 a la Ley de Ejecución de Sanciones Penales para el Distrito Federal.

El artículo 71, establece que el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, podrá celebrar convenios para que los sentenciados por delitos del ámbito de su competencia local, extingan las penas en establecimientos penitenciarios dependientes de una jurisdicción diversa; asimismo podrá en estos convenios recibir reos del orden federal o de diversa competencia local para que extingan su condena en los Centros de Readaptación Social del Distrito Federal.

En lo referente al artículo 72, sostiene que los convenios están sujetos a que no causen un problema de sobrepoblación carcelaria, que no representen un peligro para la seguridad de la institución y que tampoco sean una erogación para el DF, sino que la jurisdicción que envía al sentenciado cubra las erogaciones que represente dicho convenio. Es importante resaltar que para el cumplimiento de los convenios, los reos que se encuentren compurgando sus penas en Centros de Internamiento del Distrito Federal, deberán haber cubierto la reparación del daño.

El dictamen presentado por las comisiones unidas de Administración y Procuración de Justicia y de Seguridad Pública, fue presentado en el Pleno por el diputado Julio César Moreno, quien señaló que es de todos conocido que los Centros de Readaptación Social, enfrentan el grave problema de la sobrepoblación; por lo que resulta importante tomar medidas para sanearlos.

Advirtió que es mejor que si la persona es de otro estado y comete algún delito en el DF, compurgue la pena impuesta por el juzgador, en su estado cerca de sus familiares para así lograr una verdadera readaptación social, siendo éste el objetivo primordial de los centros penitenciarios.

Con ello, se contribuye a mejorar el sistema penitenciario, en la aplicación puntual de los derechos de los internos para alcanzar preliberación o liberación anticipada, entre otros aspectos.


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